Importante beneficio para los trabajadores rurales
El acuerdo contemplará a los trabajadores permanentes continuos y discontinuos comprendidos en el Régimen de Trabajo Agrario.
La Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores (Uatre), que conduce José Voytenco, acordó este martes en la Comisión Nacional de Trabajo Agrario (CNTA), que depende de la cartera laboral, una licencia especial con goce de sueldo por enfermedad o accidente de familiares del personal permanente continuo y discontinuo, informó la organización.
El nuevo beneficio para los rurales de todo el país contemplará a los trabajadores permanentes continuos y discontinuos comprendidos en el Régimen de Trabajo Agrario.
“La Uatre continúa obteniendo más derechos para el trabajador rural”, sostuvo Voytenco en un comunicado, y remarcó la necesidad de llegar al empleado con “medidas concretas” como “esta licencia especial, que permite al trabajador emerger de la precariedad laboral”.
El dirigente gremial sostuvo que “se trata de hechos y no de palabras”, y explicó que la Resolución 221/23 de la CNTA permitirá a los trabajadores gozar de días de descanso por enfermedad o accidentes de familiares directos, lo que calificó como “un gran paso más para lograr la inclusión definitiva y otorgar más derechos al personal de la actividad”.
La licencia especial será de 5 días en casos de complejidad normal y de 10 días por alta complejidad y, en ambas situaciones, los plazos se contarán como días corridos.
El beneficio para los trabajadores permanentes discontinuos y para los temporarios se aplicará de manera proporcional a los días efectivamente trabajados, informó Voytenco.
Además, el trabajador gozará de la licencia especial en casos de accidente o enfermedad del cónyuge o conviviente, de sus hijos a cargo o de su padre y/o madre, en tanto quienes tengan que trasladarse desde su domicilio hasta el lugar de internación de cualquier familiar tendrán un adicional de un día de licencia cada 700 kilómetros.
Para gozar del beneficio el trabajador deberá avisar por los medios establecidos en las normas internas del establecimiento y justificar la ausencia con certificado médico que contenga nombre y apellido del enfermo y el respectivo diagnóstico, en tanto el empleador tendrá el derecho de verificar la realidad del paciente, concluyó el sindicato.