El Gobierno prohibirá el corte de servicios públicos por 180 días
El presidente firmó el DNU para que beneficiarios de planes, jubilados y pensionados, entre otros, tengan garantizada la continuidad de la luz, el agua, el gas, cable e internet en sus hogares, aunque tengan tres facturas impagas.
El Gobierno publicará un nuevo DNU como parte del paquete de alivio en medio de la emergencia por el coronavirus: se trata de la anticipada prohibición a las empresas para cortar los servicios públicos en caso de falta de pago durante 3 meses. A la luz, el gas y el agua, se sumarán los sistemas de TV por cable e internet.
El primer artículo de la norma firmada por Alberto Fernández sostiene que �Slas empresas prestadoras de los servicios de energía eléctrica, gas por redes y agua corriente, telefonía fija o móvil e internet y TV por cable, por vínculo radioeléctrico o satelital, no podrán disponer la suspensión o el corte de los respectivos servicios⬝, ya sea en caso de mora como ante la falta de pago durante tres facturas consecutivas o alternas, �Scon vencimientos desde el 1 de marzo de 2020⬝. De esta forma, quedan comprendidos los usuarios a los que ya le hayan llegado avisos de corte. La norma se extenderá durante los próximos 180 días.
No será, como se pensaba, una amnistía general. Está apuntado, según el articulado del DNU, a los sectores con problemas para realizar los pagos en medio del parate económico generado por la crisis de la pandemia. Se trata de beneficiarios de la Asignación Universal pro Hijo (AUH), Asignación por Embarazo, inscriptos en el Monotributo Social, jubilados y pensionados, monotributistas que no perciban el doble del salario mínimo, electrodependientes y empleadas de casas particulares.
Por otro lado la medida alcanzará a las micro, pequeñas y medianas empresas; las cooperativas de trabajo, instituciones de salud afectadas por la crisis y entidades de bien público que distribuyan alimentos en el marco de la emergencia.
Igual, queda la puerta abierta para ampliar el universo de beneficiarios, al incluir a quienes �Ssu capacidad de pago resulte sensiblemente afectada por la situación de emergencia sanitaria y las consecuencias que de ella se deriven⬝.
Por otro lado, sin ser demasiado específico, el texto insta a las prestadoras de los servicios a otorgarles a los usuarios �Splanes de facilidades de pago para cancelar las deudas que se generen⬝.