Promulgaron la Ley de promoción del acceso al empleo formal para personas travestis, transexuales y transgénero
El presidente Alberto Fernández afirmó que �Scada vez que en la Argentina ampliamos derechos somos una mejor sociedad, somos una mejor comunidad⬝, al encabezar este miércoles al mediodía en el Museo del Bicentenario de la Casa Rosada el acto de firma del decreto de promulgación de la Ley 27.636 de promoción del acceso al empleo formal para personas travestis, transexuales y transgénero �SDiana Sacayán-Lohana Berkins⬝.
La norma contempla, entre otras reivindicaciones, que los tres poderes del Estado nacional, los ministerios públicos, los organismos descentralizados o autárquicos, los entes públicos no estatales y las empresas y sociedades del Estado deben ocupar una proporción no inferior al 1% de su personal con personas de ese colectivo.
El Jefe de Estado reafirmó �Sla necesidad de una democracia donde la diversidad exista inexorablemente⬝, pero dentro la cual �Stiene que haber puntos de encuentro que nos unan. Uno de esos puntos de encuentro es dejar de marginar al otro; uno de esos puntos de encuentro es terminar con la cultura del descarte; uno de esos puntos de encuentro es entender que las minorías tienen derechos y que las mayorías deben reconocerles esos derechos⬝.
�SEstamos decididos a que se termine cualquier tipo de discriminación en la Argentina⬝, dijo Fernández, quien estuvo acompañado por la ministra de las Mujeres, Géneros y Diversidad, Elizabeth Gómez Alcorta; la secretaria Legal y Técnica, Vilma Ibarra, y la subsecretaria de Políticas de Diversidad, Alba Rueda.
Asimismo, invitó a los empresarios a que también se sumen y aseveró que �Sdesde el Estado vamos a promover que lo hagan, que sumen personas trans a sus cuerpos de trabajo, a su fuerza laboral⬝.
En tanto, la ministra Gómez Alcorta señaló que �Sesta ley viene a reparar dolores, a pagar una deuda que teníamos como sociedad, y viene a reconocer y ampliar derechos⬝, ya que �Sera imprescindible una agenda prioritaria que incorporara la perspectiva de diversidad a las políticas públicas⬝.
Señaló también que la norma �Sexpresa altos niveles de consenso social⬝ y afirmó que �Seso lleva a la Argentina a estar a la vanguardia mundial, y es un motivo de orgullo de todos, todas y todes los que integramos esta sociedad⬝.
Por su parte, Alba Rueda afirmó que �Ses un día histórico para el movimiento travesti-trans⬝ ya que �Sesta ley tiene que ver con la reivindicación de este movimiento como un sujeto político de derechos que ha sabido construir democracia hoy en la Argentina⬝.
�STiene que ver con la comprensión de nuestras condiciones de desigualdad estructural y con poder reivindicar nuestra identidad como parte fundamental de la democracia⬝, enfatizó la Subsecretaria.
Participaron también autoridades y miembros de las cámaras de Diputados y Senadores de la Nación e integrantes de organizaciones de derechos de la diversidad.
La normativa votada en el Congreso convirtió en ley una política pública implementada por el presidente Alberto Fernández, quien a través del decreto 721/20 ya había establecido el Cupo Laboral Travesti-Trans en el Sector Público Nacional.
La misma lleva el nombre de �SDiana Sacayán-Lohana Berkins⬝ en conmemoración de sus impulsoras junto con las organizaciones LGBTI+ y defensoras de los derechos humanos, y constituye un paso fundamental en la reparación de las desigualdades históricas y estructurales que existen en la sociedad respecto a la población travesti-trans.
Para que una proporción no inferior al 1 % de la totalidad de su personal con personas travestis, transexuales y transgénero forme parte de la planta del Estado, los organismos públicos deberán establecer reservas de puestos de trabajo a ser ocupados exclusivamente por personas de ese colectivo, y promover acciones de concientización y sensibilización en los ámbitos laborales.
La normativa prevé a su vez incentivos para que también el sector privado que cumpla con esta normativa y promueve líneas de acceso al crédito desde el Banco de la Nación de la República Argentina para esta población.
Además, determina que el requisito de terminalidad educativa no puede resultar obstáculo para el ingreso y permanencia en el empleo, y que si las personas aspirantes a los puestos de trabajo no completaron su educación, se permitirá su ingreso con la condición de cursar el o los niveles educativos requeridos y finalizarlos.