Autorizan subas en febrero y abril para telefonía, internet y TV
Mediante la resolución 2393/2022 publicada en el Boletín Oficial, la entidad estableció que las licenciatarias podrán aplicar a partir del 1 de febrero del año próximo un incremento en el valor de los precios minoristas.
El Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) autorizó a las empresas prestadoras de servicios a aplicar aumentos de hasta 9,80 % en febrero y de hasta 7,80 % para el mes de abril en los servicios de telefonía, internet y televisión.
Mediante la resolución 2393/2022 publicada en el Boletín Oficial, el Enacom estableció que las licenciatarias podrán aplicar a partir del 1 de febrero del año próximo un incremento en el valor de los precios minoristas de cualquiera de sus planes en las modalidades pospagas y mixtas de hasta 9,80 %, y una nueva suba a partir del 1 de abril de hasta 7,80 %.
Para los aumentos se tuvieron en cuenta �Sel contexto económico⬝ y las �Sdificultades que se atraviesan para todos los actores involucrados, prestadoras y público usuario⬝, según se señala en los considerandos de la resolución.
La actualización se fundamenta en función de �Slos mayores costos y el impacto de las oscilaciones de las principales variables económicas en la operatoria de las licenciatarias⬝, como, por ejemplo, los costos de personal, de conectividad y de programación; y las inversiones de infraestructura en moneda extranjera.
Del mismo modo, se tuvo en cuenta �Sla evolución de distintos índices que permiten demostrar la capacidad adquisitiva de un universo amplio de usuarios y usuarias que posee menores recursos con relación a otros⬝.
Previamente para octubre pasado y para este mes de diciembre, el ente regulador autorizó aumentos de hasta 19,8 % y de hasta 9,8 %, respectivamente, que se sumaron a otros dos incrementos de 9,5 % que fueron aplicados en las facturas desde el 1° de mayo y el 1 de julio, respectivamente. La normativa indicó que cualquier incremento aplicado por las Licenciatarias de Servicios de TIC o DTH (TV Satelital) que supere dichos topes deberá ser reintegrado a sus usuarios en la próxima factura a emitir, con actualización e intereses sujetos a la misma tasa de interés que aplican a sus clientes por mora en el pago.
En el caso de que el usuario elija no abonar su factura con incrementos superiores a los autorizados, las prestadoras no podrán suspender el servicio ni computar mora sobre esas facturas.
Por otra parte, las modificaciones que las empresas realicen sobre sus planes, precios y condiciones comerciales a partir de esta autorización para incrementar los precios, deberán ser comunicadas a Enacom al momento de su aplicación.
La aplicación de aumentos sólo se permitirá a los prestadores que hayan cumplido, hasta el momento, con la reglamentación sobre precios minoristas dispuesta anteriormente.
Para la modalidad prepaga, se establecieron a partir del 1 de febrero valores máximos para la recarga de 50 megabits (MB) de datos móviles por día de $ 43,40 (anteriormente $ 39,50); segundo de voz $ 0,66 ($ 0,60) y mensajes de texto (SMS) $ 8,70 ($ 7,90); en todos los casos con impuestos incluidos.
A partir del 1 de abril la recarga de 50 MB podrá cobrarse $ 46,80; el segundo de voz $ 0,72 y SMS $ 9,40. Los topes de aumentos aplican mayormente para pymes, cooperativas y empresas menores, ya que algunas de las grandes firmas, como es el caso de Telecom, recurrieron a amparos y medidas cautelares para no cumplir con los mismos pudiendo así incrementar sus facturas por encima de estos límites.