Cuánto es el máximo que se podrá facturar y cuánto pagarán por categoría
El Gobierno mandó al Congreso un proyecto de ley que dispone cómo actualizar los valores este año, por excepción, además de aliviar los efectos económicos del salto al sistema de autónomos.
Los aportes mensuales a ingresar al fisco y las facturaciones topes -tanto las que rigen para estar en cada una de las categorías como para poder ingresar y mantenerse en el régimen del monotributo-, subirán un 35,3% a partir de este mes. Y la nueva escala que regirá durante este año. Será así, según afirmaron fuentes de la AFIP en un encuentro con periodistas, si el Congreso aprueba un proyecto de ley que, además de esa actualización, busca aliviar los efectos económicos que afectan a quienes, por excederse de los parámetros permitidos para estar en el sistema impositivo simplificado, �Ssaltan⬝ del monotributo al régimen general, en el que se deben pagar IVA, Ganancias y aportes previsionales como autónomos.
La actualización del esquema del monotributo para este año estaba pendiente de definición por las consecuencias de decisiones tomadas por el Gobierno. El mecanismo legal dispone, desde hace unos años, que esa actualización debe hacerse según el porcentaje de la recomposición de ingresos que hayan recibido, en el año previo, los jubilados y pensionados de la Anses. El problema actual es que en 2020, tras suspenderse la aplicación de la fórmula de movilidad, hubo subas discrecionales otorgadas por decreto, que no fueron iguales para todos, sino que variaron entre el 24,3% y el 35,3%. El organismo de recaudación decidió que sea este último porcentaje, el que corresponde a la suba del haber mínimo, el que se utilice para modificar las escalas. Y eso está incluido en el proyecto de ley que ingresó al Congreso el 31 de diciembre pasado.
De esta manera, en la categoría H, la más alta para quienes son prestadores de servicios, la facturación anual tope pasará de $1.739.493,79 a $2.353.535,10. Y en la categoría K, la más elevada para venta de cosas muebles, de $2.609.240,69 a $3.530.302,65.
En el caso de los aportes, el impuesto integrado pasará, en la categoría más baja (la A, que permitirá una facturación anual de hasta $208.739,25 anuales), de $168,97 a $228,62; la contribución para el sistema previsional, de $745,49 a $1008,65, y el aporte a la obra social, de $1041,22 a $1408,77. Así, el importe total, que en los escalones más bajos del monotributo es igual para actividades de servicios o de comercio, subirá de $1955,68 a $2646,04, siempre sujeto a la aprobación de la ley.
Para estar en la categoría B, la facturación máxima permitida se elevará de $313.108,87 a $423.636,30. El impuesto integrado pasará de $325,54 a $440,45; el pago al sistema jubilatorio, de $820,04 a $1109,51, y el aporte a la obra social, de $1041,22 a $1408,77. El monto total a abonar mensualmente será de $2958,73.
En este mes de enero rige, como todos los años, la obligación de recategorización por parte de los incluidos en el monotributo. Pese a que ese trámite se hace el primer mes de cada año con la tabla de categorías ya actualizadas, en la AFIP señalaron que por ahora, al no estar aprobada la nueva ley, los contribuyentes deberán observar los montos todavía vigentes (que son los que rigieron en 2020). Y que luego se tomarán medidas para hacer las adecuaciones correspondientes. El plazo es hasta el 20 de este mes. Por ahora, el proyecto de ley no tiene fecha para su tratamiento, pero está incluido para ser considerado en las sesiones extraordinarios de estos días.