Sube el piso de haberes para pagar impuesto a las Ganancias
Pasará de $ 1.800.000 a $ 2.040.300 en bruto para los trabajadores solteros y sin hijos. En tanto, para los casados con dos hijos, el piso de ingresos pasará de $ 2.300.000 a $ 2.682.208.
En ambas ocasiones son para remuneraciones desde el 1° de septiembre de 2023.
De acuerdo con lo que establece la nueva ley, el mínimo no imponible se fija en relación a la variación de precios que mide el INDEC.
En septiembre, se actualiza el mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias, en línea con la inflación acumulada entre junio, julio y agosto. Así lo estableció la ley 27.737 conocida como reforma fiscal.
Tras la publicación del dato de precios del mes pasado, que marcó 4,2 %, el mínimo no imponible pasará de $ 1.800.000 a $ 2.040.300 en bruto para los trabajadores solteros y sin hijos. En tanto, para los casados con dos hijos, el piso de ingresos pasará de $ 2.300.000 a $ 2.682.208.
De acuerdo con lo que establece la nueva ley, el mínimo no imponible se fija en relación a la variación de precios que mide el INDEC.
En esta oportunidad, se tomará el IPC trimestral correspondiente al período junio y agosto, que llegó a 13,3 %.
Esta suba del piso para empezar a pagar Ganancias se aplicará para las remuneraciones y/o haberes brutos mensuales devengados a partir del 1° de septiembre de 2023, es decir, el que se cobra entre fines de ese mes y principios de octubre. En diciembre, se volverá a elevar por el índice de precios y ya en 2025 se ajustará de forma semestral.
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