Asignación por preescolaridad y escolaridad
La Contaduría General del Poder Judicial informó que las asignaciones por preescolaridad y escolaridad de hijos/as del personal, se liquidarán con los haberes de febrero.
Posteriormente, y dentro de los 60 días corridos luego del inicio del ciclo lectivo, los agentes judiciales deberán presentar los certificados correspondientes de los respectivos establecimientos educativos.
Los mismos pueden presentarse en formato papel por Mesa de Entradas de la Contaduría General del Poder Judicial o en formato PDF/JPG por correo electrónico a la casilla: [email protected]
Asimismo, se recordó que vencido el plazo y no acompañados los certificados, la Contaduría General del Poder Judicial deberá proceder a los descuentos pertinentes.
En el caso de los hijo/s e hija/s mayores de 18 años y menores de 23 años que concurren regularmente a un establecimiento educativo oficial de jurisdicción nacional, provincial o municipal, además de descontarse la asignación por escolaridad, se procederá asimismo a la baja de la asignación que se abona por la hija o hijo. Para evitar descuentos en los recibos de haberes se deberán presentar los certificados en tiempo y forma.