Comienza hoy el primer juicio por jurados en Concordia
A partir de las 8:30 de hoy jueves, se desarrollará el primer Juicio por Jurados en Concordia, en la causa Legajo �SMoledo, Diego Armando-Agüero, Ignacio Ezequiel s/Homicidio simple⬝.
El debate, por razones sanitarias y en cumplimento del distanciamiento social por la declaración de Pandemia (covid-19), será en el Centro de Convenciones Municipal de Concordia y será transmitido en vivo por el canal de YouTube del Sistema de Información y Comunicación (SIC) del Poder Judicial de Entre Ríos
Las audiencias están prevista que continúen el viernes y el próximo lunes. Moledo y Agüero están imputados por el crimen de Javier Gómez, ocurrido el 1 de abril de 2019 en el barrio Benito Legerén.
El juez técnico que dirigirá las jornadas del juicio es Ives Bastian, en representación del Ministerio Público estará el fiscal Martín Núñez, el querellante particular será el abogado Carlos Ruiz Díaz y los defensores serán Daniel Cedro- por Agüero- y Juan José Baktenica -por Moledo- .
Durante el proceso del juicio, los jurados (12 titulares y 4 suplentes en igualdad de género) no podrán ser molestados ni contactados por ninguna de las partes, ni por los medios de prensa; como así tampoco podrán comentar o divulgar detalles de la causa.
En virtud de la declaración de Pandemia por covid -19, continúan vigentes las medidas de distanciamiento social, por lo que el acceso a las audiencias está reservado solo a las partes y a los testigos. Las mismas serán en el Centro de Convenciones Municipal de Concordia y serán transmitidas en vivo por el canal de YouTube del Sistema de Información y Comunicación (SIC) del Poder Judicial de Entre Ríos https://www.youtube.com/channel/UCboKgdqvrqnHLt1s4-PRDGQ.
La transmisión abarcará el inicio del juicio, las instrucciones que brindará el juez Ives Bastian a los integrantes del jurado y los alegatos de apertura de las partes. No será transmitida la declaración de los testigos y se retomará el lunes con los alegatos de clausura, las instrucciones finales del juez a los jurados y la lectura del veredicto.
Desarrollo del proceso
Al inicio del juicio los jurados titulares y los suplentes prestarán promesa solemne ante el juez. Se pondrán de pie y el secretario pronunciará la siguiente fórmula: �S¿Prometen, en su calidad de jurados y en nombre del Pueblo de la Provincia de Entre Ríos, examinar y juzgar con imparcialidad y máxima atención la causa, dando en su caso el veredicto según su leal saber y entender, de acuerdo a la prueba que se produzca; observando la Constitución de la Nación y de la Provincia y las demás leyes vigentes?⬝; a lo cual se responderá con un �SSí, prometo⬝.
Realizada la promesa se declarará abierto el juicio y el juez impartirá las instrucciones iniciales describiéndoles cómo se desarrolla un juicio, qué es prueba y qué no lo es, por cuáles delitos se juzga al acusado, su somera explicación, y los principios constitucionales fundamentales que deberán observar, especialmente el alcance del estándar probatorio de más allá de duda razonable. También les advertirá que, al finalizar el debate, les impartirá instrucciones finales con la explicación precisa de los delitos y de las cuestiones jurídicas a resolver.
Posteriormente, el juez solicitará a las partes que hagan sus alegatos de apertura y expongan sus teorías del caso. La parte acusadora iniciará su alegato, expresando oralmente ante el jurado la naturaleza del delito que intenta probar, señalando con precisión el o los hechos por el que acusan, las circunstancias en que se cometió el hecho y de los medios de prueba de que pretende valerse para justificar la acusación. Seguidamente, se le requerirá al defensor que explique su línea de defensa y los medios de prueba en su apoyo.
Posteriormente se producirá la prueba y la declaración de los testigos. Finalizada esa etapa del proceso las partes realizarán los alegatos de clausura y el juez dará las instrucciones finales al jurado, el que posteriormente se retirará a deliberar y arribar a un veredicto -deberá ser por unanimidad-; el que será de �Sno culpable⬝, �Sno culpable por razón de inimputabilidad⬝ o �Sculpable⬝.
Es de destacar que la Ley 10.746 de Juicio por Jurados establece que puede surgir un veredicto parcial en los siguientes casos: a) Múltiples acusados: Si hay múltiples acusados, el jurado puede rendir un veredicto en cualquier momento de sus deliberaciones respecto de aquel acusado por el que hayan llegado a un acuerdo unánime; b) Múltiples hechos: Si el jurado no puede acordar en todos los hechos imputados respecto de cada acusado, podrá rendir un veredicto respecto de aquellos hechos en los cuales hayan llegado a un acuerdo unánime.