El Ejército recurrirá a la Corte Suprema si ratifican el fallo que le otorgó tierras a una comunidad mapuche
El Ejército Argentino pretende, a toda costa, preservar las 180 hectáreas cuya titularidad podría pasar a una comunidad mapuche. Por ello, si la Cámara de Apelaciones de General Roca ratifica el fallo judicial que así lo dispone, recurrirá a la Corte Suprema de Justicia.
La jueza subrogante de Bariloche, Silvina Domínguez, ordenó la entrega del título de las tierras al Instituto Nacional de Asuntos Indígenas para ser otorgado luego a la comunidad mapuche Millalonco Ranquehue.
La fuerza apeló la decisión de la magistrada, quien admitió el recurso y elevó la causa a la Cámara Federal de Apelaciones. Con asiento en General Roca, en caso de declararlo admisible, revisará la sentencia de la jueza federal de primera instancia, que admitió el amparo que la comunidad mapuche presentó contra el Ejecutivo Nacional y el Congreso de la Nación para que se les reconociera la ocupación tradicional de las tierras donde viven, según ellos, desde antes de la instalación de las tropas militares.
El principal argumento que esgrimió Silvia Vázquez, apoderada del Estado Nacional, es que el predio en litigio es utilizado para prácticas de entrenamiento del personal que integra las filas de la Escuela Militar de Montaña.
Sin embargo, el abogado patrocinando de la comunidad originaria, Matías Matías Schraer, desacreditó la estrategia de la institución y señaló que �Ses totalmente mentira⬝.
La Escuela Militar de Montaña carece de pruebas para demostrar que el predio en litigio es utilizado para los ejercicios militares o para el pastoreo de sus animales. Incluso los vecinos de la comunidad Millalonco Ranquehue aseguran que el artilugio �Ses falso⬝.
�SLa única vez que estuvieron los militares en el predio fue en octubre de 2021, cuando desarmaron un invernadero comunitario que la comunidad había construido junto a los vecinos de Villa los Coihues, aunque debieron replegarse⬝, indicó uno de los vecinos que mantiene vínculo cercano con la comunidad.
Recordó que en ese entonces �Sluego de desarmar el invernadero, instalaron una carpa que luego tuvieron que desarmar, ya que hubo un supuesto malentendido⬝. �SEsa fue la única vez que pisaron el territorio ancestral⬝, agregaron.
Para fundamentar su sentencia, Domínguez consideró la regularidad de la comunidad ante el INAI, ya que �Scuenta con la carpeta técnica -ley 26.160-⬝, donde en fecha 26 de diciembre de 2012 y mediante la Resolución Nº 1174 del INAI, �Sse tuvo por cumplido el relevamiento técnico, jurídico y catastral dispuesto por el artículo 3º de la ley 26.160, de la comunidad accionante⬝.
Vázquez, al recurrir el fallo, aseguró que la decisión de la magistrada �Sle causa un gravamen irreparable a mi mandante⬝ y afirmó que el inmueble en litigio �Sforma parte del único y distintivo complejo educativo de nivel internacional que el Ejército Argentino y las Fuerzas Armadas en su conjunto, disponen en la cordillera de los Andes para desarrollar la instrucción centralizada y especializada de su personal en técnicas básicas y avanzadas del trabajo militar en la montaña (escalamiento, marchas, tiro con armas livianas, navegación terrestre, etc), tanto en la época invernal y como la estival⬝.
Para el Estado, el fallo apelado afecta �Sla Defensa Nacional. En la jurisdicción de la aludida Escuela Militar de Montaña, fundada en el año 1964, se forman y perfeccionan las tropas de Montaña del Ejército Argentino, que tienen asignadas responsabilidades de defensa territorial sobre toda la cordillera de los Andes⬝, menciona el escrito rubricado por la apoderada.
El Ejército confía en que la Cámara Federal de Apelaciones revisará el fallo de la jueza federal, aunque plantea �Spara el hipotético e improbable caso⬝ de que se confirme la sentencia, que acudirá a la Corte Suprema de Justicia de la Nación para evitar el traspaso de las tierras en conflicto