Está a punto de quedar firme la prisión perpetua
Nahir Galarza, la joven que asesinó a su pareja Fernando Pastorizzo en 2017, está cada vez más cerca de obtener la condena a prisión perpetua. A pesar de las pruebas presentadas por los abogados defensores, el caso no tiene vuelta atrás.
Nahir Galarza, la joven de 24 años que asesinó a su novio Fernando Pastorizzo en Entre Ríos, fue condenada a prisión perpetua por el crimen cometido el 30 de diciembre de 2017. Casi tres años después, la sentencia está a punto de quedar firme de manera definitiva.
El procurador Eduardo Casal envió un dictamen a la Corte Suprema de la Nación (CSJN) recomendando que rechace el recurso de “queja” de la defensa. Cabe aclarar que, luego del hecho ocurrido en la ciudad de Gualeguaychú, la mujer se convirtió en la más joven condenada a la pena más severa, de acuerdo a las contempladas en el Código Penal.
Fue confirmado por la Sala II de la Cámara de Casación de Concordia y por la Sala I del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos. Ella buscó revertir el caso tratando de imponer la idea de que el verdadero asesino había sido su padre, y sus abogados aseguraron, además, que sufría violencia de género por parte de su novio.
De acuerdo a la condena, quedaría en libertad a los 54 años. Durante el proceso y luego del juicio oral, Nahir aportó pericias pisicológicas particulares que la presentaban como inimputable. De todas formas, su solicitud más considerada fue la presentada ante la CSJN.
Su defensa pidió, en un escrito de 38 páginas, un nuevo juicio: se expuso la arbitrariedad por parte del tribunal de Gualeguaychú, de la Casación, de la Corte local. Los abogados sostienen que ella fue víctima de violencia por parte de Fernando, con quien mantuvo una relación amorosa durante cuatro años.
Además, alegaron que al desconocer las pruebas correspondientes, “se vulneraron pactos internacionales sobre violencia de género consagrados en la Constitución Nacional”. El recurso de queja de la defensa de Nahir fue enviado al área de Dictámenes Penales de la Procuración General de la Nación, donde fue analizado.
La opinión fue en contra de los argumentos expuestos por los abogados defensores. “En definitiva, la apelante formuló diversos planteos ante los jueces de mérito, de casación y del superior tribunal provincial, que fueron rechazados por las tres instancias locales e intenta llevarlos a conocimiento de V.E. a pesar de que por su naturaleza son por regla ajenos a la jurisdicción federal”, indica el dictamen.
Y continúa: “En la medida en que los argumentos del a quo no fueron objeto de una refutación específica y la parte no ha demostrado un notorio desvío de las leyes aplicables o una total ausencia de fundamento que habilite la intervención del Tribunal por la causal de arbitrariedad, el recurso extraordinario resulta inadmisible”.
El Procurador Casal destacó que la prueba contra Nahir fue evaluada de la manera correcta, que no hubo arbitrariedad y que la condición “recurso extraordinario federal” de la apelación no estaba acreditada. Entonces, le aconsejó a la corte rechazar la queja: la condena a prisión perpetua catalogada como “homicidio calificado por ser de una persona con la cual mantenía o ha mantenido relación de pareja”, quedará firme. Crónica.