Harán controles de estupefacientes a policías
Para controlarlos, implementarán controles toxicológicos periódicos y espontáneos. Echarán al que tenga drogas en sangre. Lo que motivó la resolución fue que habrían encontrado a un grupo de policías consumiendo marihuana.
En un episodio que causó un importante revuelo interno en la Policía de Entre Ríos, las autoridades bajaron la orden de informar a todos los integrantes de la fuerza sobre la resolución del año 2019 que priva a los policías de cualquier tipo de contacto con �Slas sustancias estupefacientes prohibidas por la Ley⬝; de lo contrario estarán expuestos a un sumario y la baja de la institución. Para controlarlos del uso de drogas, implementarán controles toxicológicos periódicos y espontáneos.
Lo que motivó la resolución firmada por el jefe Gustavo Maslein el 4 de enero pasado fue que habrían encontrado a un grupo de policías consumiendo marihuana. Pese a advertencias sobre estas situaciones o a los planteos para que el asunto se aborde desde un punto de vista sanitario, ahora se ordenó a �Slos señores directores, jefes departamentales, jefes de divisiones y secciones notificar a su personal de la resolución de 2019 que no se admitirá por parte de la institución policial que el personal consuma drogas ilícitas dentro de su faz particular o profesional, ya que eventualmente y en forma alternada se efectuarán controles selectivos específicos para verificar que el personal subordinado cumple con los requisitos físicos e intelectuales que actualmente requiere nuestra repartición⬝, sostiene la misiva de hace 19 días.
La disposición del jefe de la Policía remite a la resolución de 2019 donde se fundamenta la postura institucional con mayor profundidad, de la cual se destacan algunos puntos:
-�SEl consumo de drogas ilícitas resulta absolutamente incompatible con el estado policial con que el ordenamiento jurídico inviste a los funcionarios policiales de todos los cuerpos.
-�SPara el cumplimiento de su rol específico de seguridad pública, le imposibilita naturalizar esta conducta al policía por sus negativas connotaciones éticas, funcionales y legales.
-�SSi bien el consumo y/o abuso de drogas prohibidas puede virtualmente producirse en dos esferas -la privada y la laboral-, en ninguno de ambos casos es ajeno a la institución sino que la atraviesa profundamente en razón de las peculiaridades del trabajo policial ya que el abuso o contacto de uso con drogas, sea porque tiene lugar en el horario de trabajo o fuera de él, necesariamente impacta nocivamente en la imagen y trabajo policial, dado que una de las funciones primordiales de la Policía de Entre Ríos es, justamente, prevenir los delitos y concurrir al cumplimiento de las leyes, debiéndose hallar el efectivo en condición de total capacidad para hacer frente a dicho flagelo social.
-�SEl consumo de drogas ilícitas por parte de un funcionario policial, inexorablemente trasciende el ámbito de lo privado para incidir en la vida cotidiana de la institución y de la sociedad toda, ello en función a que la persona que de alguna manera tuviera contacto de uso con sustancias prohibidas, ya sea por consumo eventual, recreativo o adictivo/dependiente, resulta con afectaciones físicas y psicológicas, en atención a que en su organismo a pesar del transcurso del tiempo y de la acción del metabolismo subsisten los efectos perniciosos.
-�SPor tratarse de una substancia de naturaleza ilícita, necesariamente exige que el consumidor por sí o por interpósita persona se acerque e interactúe en la cadena de comercialización ilegal⬝.
Se cita además al Reglamento General de la Policía (una ley del año 1975), donde se refiere que podrán echar al policía que se le compruebe la �Sdisminución de aptitudes físicas o mentales, que impidan el correcto desempeño del cargo⬝.
Dos situaciones
Se dispuso un �SProcedimiento administrativo aplicable al personal policial detectado en contacto de consumo de drogas ilícitas⬝. Primero, habla de la �Sobligación ineludible de someterse a los estudios que se indiquen a objeto de determinar el consumo y/o contacto de uso con sustancias estupefacientes prohibidas por Ley⬝. Al policía que el análisis le da resultado positivo, queda �Sautomáticamente sujeto a Junta Médica Superior⬝ y sumariado en Asuntos Internos.
Los médicos dispondrán las evaluaciones físicas y psicológicas que se consideren pertinentes, �Sdebiendo someter a un nuevo control de presencia de substancias estupefacientes transcurridos los 90 días desde su puesta a disposición de dicho tribunal médico⬝.
Luego, plantea dos situaciones: si la Junta Médica Policial determina que �Sel funcionario presenta dependencia/adicción⬝, el mismo será declarado como �Sinepto total y permanente" y le darán la baja por invalidez. Si concluyen que el policía es consumidor eventual, el mismo tendrá un sumario �Spor falta grave al ser considerado consumidor recreativo y participar de manera directa o indirecta en la cadena del narcomenudeo, no solo omitiendo su represión sino también cooperando con tal entramado ilegal cuando su misión específica es justamente la contraria⬝.
Reparos
Según publica diario Uno, tal disposición causó distintas opiniones, y en particular la preocupación de quienes vienen trabajando en torno al uso medicinal del cannabis.
La resolución de Maslein �Sha generado una razonable inquietud en torno a derechos humanos básicos del personal que vela por el orden y la seguridad de la ciudadanía entrerriana⬝, sostuvo el abogado Andrés Bacigalupo, quien trabajó en la redacción de la Ley 10.894 y es un activista en la temática, y agrega: �SSurge el interrogante de qué pasará con aquel personal policial que deba hacer uso de cannabis medicinal⬝.
Bacigalupo, primero, contextualizó el asunto: �SEn nuestro país, la mirada sobre el consumo de cannabis ha sido abordada históricamente desde agencias estatales que lo han asociado siempre a la criminalidad o a la perdición de la moralidad, mas dichos enfoques pocas veces se han sustentado sólida y rigurosamente en el campo científico y/o médico, en efecto, en las escuelas de policía afirmar que el cannabis es un tóxico alcanza ya de por sí para avalar cualquier conducta dirigida a impedir su consumo o circulación en la población⬝.
Luego, apuntó a la �Speligrosidad⬝ de la resolución, que no ha contemplado las distintas circunstancias que pueden ocurrir en torno al consumo de marihuana: �SCon la normativa vigente en nuestro país cualquier ciudadano puede solicitar al Ministerio de Salud se le autorice el autocultivo y consumo, así sea hasta para tratar migrañas crónicas, insomnio, ansiedad o bruxismo. Imaginémonos desde ya la cantidad de enfermedades y tratamientos postoperatorios o para aliviar efectos de quimioterapias en los cuales cada día más se frecuenta consumirlo en diversas presentaciones. El espíritu normativo tanto a nivel nacional como provincial prácticamente ya no discrimina entre patologías o dolencias, y su anclaje es constitucional y convencional en resguardo del derecho a la salud. De allí a que considero que posiblemente se generarán fuertes tensiones entre derechos humanos básicos del personal policial⬝.
Por esto, es que Bacigalupo entiende que con las autoridades policiales ponen en peligro la salud de policías que �Sse vería seriamente comprometida obligándose a todo el cuerpo policial a acudir a tratamientos convencionales que puedan perjudicarlos mucho más⬝. Más aun teniendo en cuenta que en una institución como la Policía, �Svertical y rígida⬝, nadie se arriesgaría a perder el trabajo por más que necesite del cannabis por su salud. (APFDigital)