Hoy comenzará a regir el �SCertificado �anico Habilitante para Circulación⬝
A partir de este lunes, comenzará a regir el �SCertificado �anico Habilitante para Circulación⬝. Lo tendrán que presentar aquellos que realicen algunas de las actividades que están dentro de las exceptuadas por el aislamiento obligatorio.
�SEstablécese que, a partir del 6 de abril de 2020 el instrumento para validar la situación de quienes se encuentren comprendidos dentro de alguna de las excepciones previstas en el artículo 6° del Decreto Nº 297/20, sus normas modificatorias y complementarias (...) será el ��Certificado �anico Habilitante para Circulación-Emergencia COVID 19⬝, dice en su artículo primero la Resolución Administrativa 446/2020 de la Jefatura de Gabinete de Ministros.
No obstante, en su artículo 2, �Sexceptúa de la obligación de tramitar y portar⬝ este documento a quienes desarrollan 15 de las 24 actividades y servicios esenciales estipulados por la misma norma, �Squienes deberán acreditar su condición a través de las formalidades y procedimientos que las autoridades competentes establezcan a tal fin⬝.
También quedan eximidas las personas �Sque deban desplazarse por supuestos de fuerza mayor⬝, dentro de las cuales se encuentra la búsqueda de protección ante casos de violencia por motivos de género al interior de los domicilios donde se cumple la cuarentena.
Entre los exceptuados también están aquellos trabajadores del Sector Público Nacional que integren la �Snómina de agentes que prestan servicios críticos⬝ elaborada por �Slos titulares de cada jurisdicción, entidad u organismo descentralizado del Sector Público Nacional, o la autoridad delegada por estos⬝, según lo estableció la Decisión Administrativa N° 427/20.
Quedan fuera también �Slos agentes públicos que presten servicios críticos⬝ en el marco de �Slos poderes legislativo y judicial y las autoridades provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y municipales⬝.