Ingresó a Diputados el nuevo proyecto sobre Cannabis Medicinal
El anterior había sido aprobado en Diputados y sufrió algunas modificaciones en el Senado, por lo que se decidió presentar uno nuevo ya consensuado. La nueva iniciativa incorpora la posibilidad de que las pymes regionales puedan producir y adaptar la terminología a la nueva reglamentación nacional. ⬨
El proyecto que, al igual que el anterior también fue presentado por Néstor Loggio y Silvia Moreno, contempla las nuevas reglamentaciones nacionales y avanza sobre la posibilidad de que las pymes locales puedan avanzar en la producción industrial de cannabis y cáñamo, punto que el presidente Alberto Fernández anunció en la Asamblea Legislativa del 1 º de marzo.
La iniciativa, tiene 27 artículos y el primero crea �Sel régimen para el acceso seguro e informado al cannabis con fines médicos, terapéuticos y/o paliativos del dolor y a sus derivados, con el fin de garantizar y promover la protección integral de la salud de las personas a las que se les indique su uso para dichos fines⬝. La norma �Stiene como principal objetivo la protección integral de la salud, entendida como un derecho humano fundamental en el territorio provincial, mediante el acceso a la planta de cannabis y sus derivados⬝.
Están autorizadas a sembrar, cultivar, transportar, almacenar y producir cannabis y sus derivados con fines terapéuticos las personas humanas que cultiven para sí o para un tercero beneficiario que acrediten la indicación médica; el Estado provincial, municipios y comunas; organismos de ciencia y tecnología dependientes de otros niveles de gobierno; laboratorios públicos; universidades públicas; centros de investigación; asociaciones civiles; fundaciones; mutuales y cooperativas; todas vinculadas a la materia de la presente ley y radicadas en Entre Ríos⬝.
Se aclara enseguida que quedan excluidos del régimen las sociedades comerciales, que serán autorizadas a la producción de fitopreparados y formulaciones magistrales, como a su posterior comercialización si funcionan bajo la forma de farmacias⬝.
En tanto, el artículo Nº 6 faculta al Poder Ejecutivo provincial a la constitución de Sociedades del Estado o a su integración en Sociedades de Economía Mixta con mayoría estatal, que tengan por objeto la producción del cannabis⬝.
La autoridad de aplicación será el Ministerio de Salud de Entre Ríos, que coordinará la implementación de las políticas públicas sobre el tema en articulación con el Ministerio de Producción, Turismo y Desarrollo Económico⬝.
Ambas carteras tendrán la función de �Screar el Registro Provincial de Usuarios y Cultivadores de cannabis con fines Medicinales, Terapéuticos y/o Paliativos y el Registro Provincial de Farmacias autorizadas a producir preparados fitoterapéuticos y formulaciones magistrales con el uso de cannabis⬝.
A su vez, implementará �Sel Programa de Acceso al Cannabis de Entre Ríos⬝ y emitirá �Sla Certificación de Acceso al Cannabis Medicinal (CACM) que servirá de constancia para todas aquellas personas autorizadas por esta ley⬝.
⬢ Registro de Usuarios y Cultivadores
El artículo 11º del proyecto legislativo brinda precisiones sobre las características del Registro Provincial de Usuarios y Cultivadores de Cannabis, que garantizará la autorización e inscripción de las personas humanas que cultiven para sí, o para un tercero que acredite indicación médica y las asociaciones civiles y fundaciones que cultiven para sus asociados que acrediten con indicación médica el uso medicinal, terapéutico y/o paliativo⬝.
�SLas personas humanas que acrediten indicación médica de uso de cannabis o sus derivados, tendrán el derecho a solicitar ante el Registro la inscripción de hasta tres personas y sus correspondientes domicilios, como responsables de la siembra de cannabis cuyo único destino será el abastecimiento solidario de la persona usuaria de cannabis y sus derivados con fines médicos, terapéuticos y/o paliativos. En el Registro quedará plasmada la vinculación entre la persona que acredite uso medicinal, terapéutico y/o paliativo del dolor de la planta de cannabis y quienes cultivan para ella⬝.
Otro de los artículos dispone la creación del Registro Provincial de Farmacias autorizadas a producir y comercializar formulaciones magistrales a partir de extractos de cannabis, de cannabinoides o de materia prima vegetal con actividad farmacológica y su posterior comercialización.
La iniciativa también contempla la creación del �SPrograma de Acceso al Cannabis de Entre Ríos⬝, que será el marco para la generación y el diseño de las políticas públicas que se implementen para desarrollar e implementar acciones de promoción y prevención dirigidas a los usuarios de cannabis y sus derivados con fines medicinales, terapéuticos y/o paliativos del dolor⬝.
También apunta a �Sgenerar, facilitar y garantizar a usuarios medicinales y cultivadores el acceso a información y capacitaciones sobre buenas prácticas de cultivo y extracción del cannabis con fines médicos, terapéuticos y/o paliativos del dolor⬝.