Los empleadores tienen tiempo hasta el 06 de julio para pagar el aguinaldo
La ley 27.073 establece límites para que un trabajador encuentre depositado lo correspondiente a la primera mitad del Sueldo Anual Complementario (SAC).⬨⬨Junio es el mes del aguinaldo, aunque también puede serlo julio, de acuerdo a la reglamentación vigente que impone la ley 27.073.
⬨El porcentaje que recibirá el empleado por parte de su empleador es el 50% de la mayor remuneración mensual percibida dentro de cada uno de los semestres.⬨Es así como el Sueldo Anual Complementario (SAC) se divide en dos pagos: un medio aguinaldo en junio y otro en diciembre.⬨⬨La legislación establece que el pago del primer medio aguinaldo del año se abona, como máximo, en la última jornada laboral de junio, es decir, un empleador tiene cómo límite el 30 de junio.⬨Sin embargo, ese plazo se puede extender hasta cuatro días hábiles, por lo que este año podrá pagarse hasta el 6 de julio.⬨⬨
Cómo se calcula el aguinaldo
Para calcular el aguinaldo se debe tomar el 50% de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto (sueldo básico, horas extra y cualquier otro extra percibido) dentro de los dos semestres que culminan en los meses de junio y diciembre de cada año.⬨
⬨Ambos se calculan sobre los 6 meses próximos anteriores, es decir que el aguinaldo de junio se calcula en base a los sueldos de enero a julio al último mes del año.⬨⬨
Si durante el semestre el trabajador no trabajó todos los meses (ya sea porque empezó a trabajar recientemente o porque se extinguió el contrato) hay que pagarle el proporcional a los meses trabajados.