Profesionales del rubro inmobiliario interiorizan sobre la situación real y legal
En respuesta a una denuncia realizada por vecinos en la que se expresaba que �Salquilar en Concordia es casi imposible, porque más allá que hayan cambiado la Ley de alquileres las inmobiliarias disfrazaron el mes de depósito y comisión por honorarios⬝, la cual fue publicada en la columna �STop Secret⬝ de la edición del sábado 28 de agosto en nuestro medio, el Colegio de Corredores Públicos Inmobiliarios de Entre Ríos - Delegación Concordia, nos envió un comunicado con la intención de informar a la sociedad, sobre la situación real y legal actual.
Textualmente expresa lo siguiente:
�SLa ley provincial 9739 regula íntegramente el ejercicio de la profesión de Corredor Público Inmobiliario en Entre Ríos, mediante la misma se ha delegado en este colegio el control de la matrícula profesional, y la custodia de las normas legales y de ética pertinentes y su aplicación por los matriculados.
�SEs menester señalar que solo pueden ser Corredores Públicos Inmobiliarios quienes tengan título profesional universitario y matrícula habilitante concedida por el Colegio de Corredores Públicos Inmobiliarios de Entre Ríos, el cual cuenta con un Tribunal de �0tica, que es el encargado de juzgar las conductas de los profesionales que no se adecuen o contradigan las disposiciones legales vigentes en todos los aspectos del ejercicio de la actividad profesional, honorarios incluidos. La ley nacional 27551 que entre otras cuestiones extendió a 36 meses el plazo mínimo legal para locación de inmuebles con destino a vivienda (nueva ley de alquileres), precisamente delega en las provincias todo lo referido a colegiatura, matriculación, regulación de honorarios, etc. de los Corredores Públicos Inmobiliarios.
La Ley provincial 10377, reestablece el carácter de orden público de los honorarios profesionales. En consecuencia, los profesionales universitarios entre los cuales se encuentran los Corredores Públicos inmobiliarios, no perciben comisiones, sino honorarios por el ejercicio de su actividad, cuestión señalada y ratificada por el artículo 8 incisos g) y h) de la ley 9739.
La asamblea extraordinaria del Colegio de Corredores Públicos Inmobiliarios siguiendo criterios uniformes y usos y costumbres existentes en todas las provincias del país, fijo en el 5% del monto total contractual el valor de los honorarios profesionales para la conclusión de un contrato de locación de inmuebles con destino a la vivienda, cifra que es mayor que un mes de alquiler. En la ciudad de Concordia, por consultas, inquietudes, quejas o comentarios, pueden contactar a los delegados departamentales; TECCO Martín Esteban teléfono - 3454340639, matrícula CCPIER 622 - DALZOTTO Rafael Gustavo - teléfono 3454021505, matrícula CCPIER 752 - ITURBURU María Adela teléfono - 3456252168, matrícula CCPIER 60. También para denuncias (con PRUEBAS), de aquellas operaciones inmobiliarias que no están cumpliendo con la normativa legal vigente.
Nuestro colegio recibe consultas, de la comunidad en general, a través de su página http://www.colegiocorredoreser.org.ar, donde se puede encontrar toda la información referente a los matriculados habilitados, a nuestros honorarios profesionales, a la nueva ley de alquileres, y muchas más informaciones de utilidad. También se puede contactar con el Colegio vía telefónica 0343- 4226145 / 0800-888-6145 o por mail a [email protected]
Las puertas del Colegio y de los delegados, están abiertas a la comunidad, para cualquier consulta respecto al ejercicio profesional. RECUERDE CONTRATAR CORREDORES INMOBILIARIOS MATRICULADOS.
La nota fue firmada por: Martín Tecco y Rafael Dalzotto.