Trabajadores de la carne no podrán descargar medias reses al hombro
Abarca el levantamiento de ganado bovino, ovino, porcino, equino, caprino y animales de caza mayor y/o menor en su cadena de transporte y distribución. Busca preservar la salud de los empleados. Entrará en vigencia en abril.
�SLos trabajadores del sector deben manipular y transportar cargas que dado los pesos de los productos promedio -comercialización de la media res por citar un ejemplo-, tornan inconveniente que se realicen en forma manual o sobre los hombros del trabajador⬝, asegura la resolución.
En general, a las carnicerías llegan medias reses que pesan entre 100 y 150 kilos, que luego son divididas en los diferentes cortes que son ofrecidos a los clientes.
�SCorresponde dictar una norma que limite el peso máximo por el cual este universo de trabajadores pueda manipular los productos cárnicos en forma manual, a fin de resguardar su vida y su salud procurando para ello reducir o eliminar los riesgos a los que están sometidos⬝, añade.
Así, el empleador tendrá 60 días para adoptar y poner en práctica las medidas adecuadas de higiene y seguridad en el trabajo para proteger la vida y la integridad de sus empleados.
La normativa señala que muchos trabajadores han sufrido hernias inguinales, hernia discal lumbo-sacra con o sin compromiso radicular y várices primitivas bilaterales a raíz del peso que manipulan en su actividad.
�SAl reconocer los trastornos musculoesqueléticos relacionados con el trabajo como un problema importante de salud laboral, mediante la Resolución del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social aprobaron las especificaciones técnicas sobre ergonomía y levantamiento manual de cargas⬝, añade. Fuente: Clarín