Caso Urribarri: rechazaron recurso de reposición y estaría el Tribunal para decidir prisiones
El tribunal conformado por los jueces Carolina Castagno, Julián Vergara y Carola Bacaluzzo rechazó, en una resolución firmada el pasado 19 de junio, el recurso de reposición que habían presentado los defensores del exgobernador Sergio Urribarri en el marco de la tramitación del pedido del Ministerio Público Fiscal de resolver sobre las prisiones en el marco del megajuicio. De esta forma, estaría confirmado el Tribunal que deberá decidir sobre los pedidos de la Fiscalía de detención del exministro de Cultura, Pedro Báez, para que sea derivado a la Unidad Penal número 1 de Paraná y la prisión preventiva del exgobernador Sergio Urribarri y su cuñado Juan Pablo Aguilera.
Como informó anteriormente este medio, los defensores Leopoldo Cappa, Fernando Burlando y Javier Ignacio Baños habían presentado un recurso de reposición contra la resolución del tribunal que aceptó la recusación contra el vocal Juan Francisco Malvasio (pedida por el mismo Urribarri), y la excusación del vocal Santiago Brugo (decidida después de ser recusado también). Es decir, el Tribunal de Juicios y Apelaciones le dio la razón a los defensores de Urribarri y, aun así, se quejaron de la resolución. Los abogados habían rechazado la conformación del tribunal que definirá sobre las prisiones (que quedó integrado por los jueces María Carolina Castagno, Elvio Osir Garzón y Julián Carlos Vergara) por haber sido confirmado por el mismo Tribunal que aceptó las recusaciones, ya que entienden que debe ser conformado por la Oficina de Gestión de Audiencias (OGA).
Sin embargo, los jueces apuntaron en la resolución que rechazó el recurso de reposición: “De la mera compulsa de las constancias obrantes en el presente legajo, fácil se advierte que dicha integración del Tribunal fue informada por la Subdirección de la Oficina de Gestión de Audiencias en su detallado y minucioso informe de fecha19.04.2024, invocando la normativa aplicable a los efectos de la respectiva integración, a saber el art. 54 inc. 1°) de la Ley Orgánica del Poder Judicial de Entre Ríos, N° 6902; informe de integración que de inmediato desde la magistratura se puso en conocimiento de las partes, mediante resolución adoptada en igual; de ahí que mal se puede invocar su desconocimiento y menos aún afirmar que éste Tribunal se arrogó facultades que no son del ámbito de su competencia, pues como se observa ha sido la Oficina de Gestión de Audiencias quien informó la conformación del Tribunal, tal como lo reclaman los recurrentes”.
“Deviene evidente que en modo alguno se releva en el caso bajo estudio, algún equívoco del trámite procesal o inobservancia formal, que habilite este medio impugnaticio intentado, y menos aún que se haya dictado sin sustanciación, es decir, sin intervención o audiencia de los agraviados”, subrayó el Tribunal.
De esta forma, el Tribunal que deberá resolver las prisiones quedó conformado por María Carolina Castagno, Elvio Osir Garzón y Julián Carlos Vergara. (Analisis).
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