La educación es un derecho humano, no un servicio
Cuando los docentes de escuelas públicas hacemos paros, enseñamos el artículo 14 bis de la Constitución Nacional. Cuando los dueños de las escuelas privadas presionan a sus docentes a no hacer paros, enseñan que los patrones pueden impunemente incumplir la Constitución Nacional y les enseñan a los alumnos a ser sumisos y obedientes, porque así se conservan los trabajos. Jorge Berguier - Enrique Samar
La educación es un derecho humano, no un servicio, un derecho primordial del que depende el desarrollo y el acceso a otros derechos.
El Estado tiene la obligación de proteger, hacer cumplir y respetar el derecho a la educación, garantizar educación pública, gratuita, laica, inclusiva y de calidad.
La visión de la educación como “servicio esencial” tiene dos objetivos puntuales, por un lado, limitar el derecho a huelga del colectivo docente y por otro, mercantilizar la educación, “tirar” la educación al mercado para que evitar la intervención y la inversión del Estado.
Considerando a la educación como servicio se pretende hacerle creer a la sociedad que quienes nos paramos en contra de esa posición es porque no nos importa la educación de sus hijas/os. Sin embargo, lo que se esconde en esa mirada es el valor mercantil que se le quiere dar a la educación, como si fuera un producto que se debe comprar y vender como cualquier otro servicio, como ocurre con la luz o el gas. De esta manera, todas las personas deberían pagar “una cuota” para recibir el servicio de la educación. Desde el regreso de la democracia, las universidades públicas argentinas tienen ingreso irrestricto. Esta modalidad plantea un contraste notable con los otros dos grandes sistemas universitarios latinoamericanos, el de Brasil y el de México, donde hay exámenes y cupos que limitan el porcentaje de los aspirantes que logran finalmente ingresar (en algunas carreras este no supera el 10%).
El mecanismo de ingreso irrestricto rompe una práctica habitual en otras sociedades, donde sólo los jóvenes que asistieron a excelentes colegios secundarios acceden a la universidad pública, mientras las grandes mayorías acceden a universidades pagas (cuando pueden costearlas).
Alejandro Grimson – Emilio Tenti Fanfani
Pero las normativas son claras y precisas en sus manifestaciones. La Ley de Educación Nacional N°26206 reconoce a la educación como un derecho, así lo expresa en sus primeros artículos “la educación y el conocimiento son un bien público y un derecho personal y social, garantizados por el Estado”. Por su parte, nuestra Constitución Nacional, en su artículo 14 también reconoce a la educación como un derecho. La Declaración Universal de los Derechos Humanos reconoce que la educación es un derecho humano fundamental e imprescindible para el ejercicio de todos los demás derechos. Y en la nómina que establece la Organización Internacional del Trabajo (OIT) la educación no aparece como trabajo esencial.
El Estado debe garantizar derechos, no cercenarlos. Muy difícilmente un gobierno pueda sostener a la educación como servicio si la desconoce primero como un derecho humano. Esta mirada es por lo menos contradictoria. Si los docentes, que son agentes del estado que tienen la responsabilidad de garantizar el derecho a la educación, tienen sueldos que están por debajo de la pobreza, suena poco creíble la supuesta intención de declarar como servicio esencial a la educación porque les preocupa que las/os estudiantes se queden sin días de clases ante las huelgas docentes.
Son tiempos de pararnos en defensa de la educación. La educación pública de calidad promueve el desarrollo social y posibilita la construcción de sociedades más justas y democráticas. Porque la educación pública posee una capacidad transformadora que hace que las personas crezcan rodeados de una pluralidad y diversidad cultural inigualable que les permite a las/os estudiantes aprender de las costumbres y saberes de las otredades que los rodean.
Derecho y servicio no son lo mismo. Educación Pública Siempre. Universidad Pública Siempre.
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