Reformas Constitución de Jujuy
El requisito básico, tanto para dictar una Constitución como para reformarla debe ser el más amplio consenso posible en la población sobre la que ha de aplicarse.
Y en un sistema de democracia representativa como el que hemos adoptado para regir nuestras vidas, no hay otro modo de canalizar este consenso que no sea a través del voto popular.
No puede decirse honestamente entonces que ello no se haya respetado en Jujuy: hubo elecciones libres, se eligieron convencionales y tanto los de la mayoría, como casi todos los representantes de la minoría votaron, prácticamente por unanimidad, la reforma.
Incluso cuando algún sector, supuesto representante de “pueblos originarios”, expresó su disconformidad, se aceptó eliminar un par de artículos que se cuestionaban.
Mayor “consenso” y legitimidad, imposible.
Sin embargo, como vimos, pequeños grupos y facciones, muchos de ellos ajenos a la Provincia han elegido el camino torcido y violento para expresar su disenso.
Han centrado su protesta en especial en una disposición constitucional, que remite a una futura ley encaminada a reglamentar las manifestaciones públicas, prohibiendo cortes de calles y rutas.
Una ley que todavía no se ha dictado, aclaremos.
Sin embargo, la Reforma no se limita sólo a eso: establece la no re reelección del gobernador; límites a las reelecciones de diputados, intendentes y concejales y ¡ojo!: “ficha limpia para todo el que quiera ser candidato, prohibición del indulto a personas que cometieren delito contra el Estado, que conlleve enriquecimiento lo que se considera atentado contra el sistema democrático”.
¿No estará en esto último el motivo de la protesta airada y agresiva?
Como en el caso del tero ¿se pega el grito en un lado y los huevos están en otro?
BERNARDO I. SALDUNA
M.I.N° 5.834.041