Apuñaló a su pareja, ella alcanzó a contar la verdad a los policías y terminó condenado
El hombre les dijo a los uniformados que “habían sido ladrones”. En un juicio, llegó acusado por tentativa de homicidio, pero fue sentenciado por lesiones graves en la Cámara 5ª del Crimen.
“Calificación legal moderada, pero con pena alta” parece ser la síntesis del resultado de un juicio que finalizó en las últimas horas en la Cámara 5ª del Crimen de Córdoba, donde el jurado popular condenó por unanimidad a un hombre que había apuñalado cuatro veces a su pareja en el abdomen y luego llamó a la Policía. Precisamente, esa llamada permitió salvarla.
El principal saldo de lo que se deduce de la sentencia es que el agresor tuvo un “desestimiento voluntario” luego de haber intentado matar a la mujer.
Si bien el tribunal del pueblo y los vocales técnicos entendieron que el acusado no debía ser responsabilizado de intento de homicidio, al hombre se lo condenó a ocho años y medio de prisión por lesiones graves agravadas por la relación de pareja y por mediar violencia de género.
También se le impuso pena por otros dos hechos de lesiones leves y uno de amenazas, ocurridos con anterioridad.
El debate del tribunal técnico, a cargo de los vocales Guillermo Lucero Offredi (presidente), Alfredo Villegas y María Susana Blanc Gerzicich de Scapellato –con jurados populares–, tuvo ribetes controvertidos por la complejidad de un hecho que se prestaba a diversas interpretaciones.
Brutal episodio
Los protagonistas de esta historia son los integrantes de una pareja que hasta abril de 2022 integraban Marcos Andrés Spanos (44) y A., quienes tenían convivencia en un departamento de barrio Alta Córdoba.
Entre febrero de 2021 y el 1° de abril de 2022, se produjeron los cuatro episodios violentos que tuvieron que ver con encuentros en los que ambos consumían estupefacientes.
La peligrosidad de las reacciones de él hizo que ella llevara a vivir a su padre al departamento, para resguardarse de consecuencias graves. Pero cuando su papá debió ser internado, la mujer quedó sola con Spanos bajo el mismo techo. Todo quedó configurado para que se produjera el cuarto y último episodio que casi le cuesta la vida a la mujer.
En esta ocasión, la reacción de Spanos se produjo cuando acusó a la mujer de haber enviado mensajes telefónicos a otro hombre. Ella, disgustada, se fue a la habitación para acostarse, pero él la siguió con una cuchilla de asado de unos 40 centímetros de hoja. La joven se refugió en el baño y él la amenazó de muerte.
Luego de unos minutos, la mujer salió, pero él se le interpuso y le asestó cuatro puñaladas en el abdomen.
El relato de los hechos señala que él arrojó el arma blanca por la ventana hacia un techo y llamó a la Policía.
El relato de la propia víctima
En el diálogo con el 911, el agresor manifestó que habían “sufrido un robo domiciliario” y que habían herido a su pareja. Ella escuchó el diálogo y logró resistir, mientras se desangraba.
Por suerte, los uniformados llegaron muy rápido y uno de ellos “despertó” a la mujer, quien estaba sentada en una silla. Sin dudarlo, la mujer alcanzó a señalar a Spanos. “Fue él”, dijo, y luego indicó adónde había arrojado el cuchillo.
La víctima sufrió “herida de arma blanca en epigastrio y en mama izquierda, lesión en intestino delgado y colon transverso, hematoma en estómago”. En el hospital, lograron salvarla. Le dieron 30 días de curaciones.
A todo, el agresor fue detenido y enviado a la cárcel. En la instrucción, fue imputado por lesiones graves.
El debate oral
Recuperada de todo, la víctima se constituyó en querellante en este juicio, representada por la asesora letrada de víctimas del 1° Turno, Valeria Trotti.
Ya en el juicio oral, la acusación fue llevada adelante por el fiscal de la Cámara 5ª, Marcelo Fenoll.
Tras desgranar y analizar los hechos, el funcionario judicial terminó acusando a Spanos por tentativa de homicidio por el ataque a puñaladas y reclamó una condena de 11 años y ocho meses de prisión.
Como surgieron algunos puntos de duda en el debate, el fiscal hizo un pedido en “subsidio” (para el caso de que no se adhiriera a su pedido) de una condena por lesiones graves (por el hecho principal) y una pena de seis años y 10 meses de prisión.
La representante por la querella adhirió en pleno al pedido del fiscal, también con la consideración del pedido alternativo y los montos de pena.
La defensa: “No quiso matar”
En cambio, la defensora oficial Alfonsina Muñiz parece haber hecho valer su criterio de un “desestimiento voluntario” de la intención de matar de Spanos. Si bien todos parecen haber concluido que Spanos acuchilló a la mujer para matarla, las acciones posteriores terminaron por ordenarse hacia un propósito de salvarla.
De este modo, según la sentencia unánime, parece haber prevalecido que, en definitiva, el agresor hizo lo necesario para que su pareja no muriera.
La tesis del fiscal era de un “plan de minimización de daños” dentro de la fabricación de una coartada, pero la defensora parece haber convencido al tribunal de que Spanos se arrepintió.
Sin embargo, en la mensuración de la pena, los jueces fueron rigurosos porque los ocho años y medio de prisión se sitúan por encima del mínimo de los ocho años de prisión de un homicidio consumado.
En definitiva, se trató de una agresión severa que, pese a diversos matices de morigeración, encontró una sanción de prisión elevada para tratarse “sólo” de lesiones graves. Seguramente, pesaron el vínculo de pareja y el contexto de violencia de género.
Todos esperan los fundamentos, pero se presume que hubo un encuadre técnico preciso con respuesta punitiva acorde con la gravedad del hecho.