Cobrarán multas de hasta $45.000 a quienes pretendan ingresar a Chajarí sin permiso de circulación
Chajarí fija multas de hasta 45.000 pesos a quienes pretendan ingresar a la ciudad sin permiso de circulación, así lo establece el Decreto Municipal, ad-referéndum del Concejo Deliberantem, el mismo está fechado este lunes 1 de junio.
Además se contempla la retención preventiva de vehículos.
El Decreto N°396/2020, indica, en su Artículo 1°, que será obligatoria, a requerimiento de la autoridad municipal, la exhibición del Certificado �anico habilitante para la Circulación de todos los ocupantes de vehículos que ingresen a la ciudad de Chajarí durante el período que dure el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio en el territorio nacional. Asimismo, se indica que el incumplimiento de lo contemplado en el artículo anterior será pasible de un acta de infracción realizada por agentes del Área de Inspección General, que será elevada al Juzgado de Faltas en un plazo de 48 horas. Dicho Decreto indica, además, que las sanciones ante el incumplimiento de lo estipulado en el Artículo 1° serán una multa por un valor mínimo de 250 valor municipio y un máximo de 500 valor municipio y la retención preventiva del vehículo.
Por otra parte, se dispone la habilitación del ingreso vehicular de tránsito liviano vecinal por Avenida Padre Gallay para quienes residan en las localidades de Chajarí, Santa Ana, Villa del Rosario y colonias aledañas. En este sentido, los horarios de ingreso por esta vía serán de 7 a 19 horas, de lunes a sábados; fuera de este horario se deberá ingresar por el acceso de Avenida Dr. Casillas. El ingresante, por su parte, deberá certificar residencia en las zonas antes mencionadas, mediante Documento Nacional de Identidad.
En los considerandos del Decreto N° 396/2020, se hace hincapié en que el Gobierno Nacional dispuso, mediante la Secretaría de Innovación Pública de la Jefatura de Gabinete de Ministros junto al Ministerio del Interior, la implementación del Certificado �anico Habilitante para Circulación, dirigido a las personas afectadas a las actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia según el Decreto 297/2020 y las sucesivas decisiones administrativas del Jefe de Gabinete.
Además, dice que la ciudad de Chajarí presenta una afluencia continua de tránsito en el acceso por la incesante actividad citrícola, agrícola, ganadera y comercial, y que, dado el contexto de emergencia a causa de la pandemia por el virus Covid-19, la situación epidemiológica local y zonal, es necesario extremar medidas a fines de preservar la salud de la población.
También, se menciona que, en el marco de la Ley Provincial N° 10.027, el Municipio de Chajarí debe velar por la seguridad y comodidad públicas en virtud de la salud pública y adoptar medidas y disposiciones tendientes a evitar las pandemias, disminuir sus estragos o investigar y remover las causas que las producen o favorecen su difusión.