Se realizará un censo específico para que doce localidades pasen a ser municipios
El gobernador Gustavo Bordet dispuso, a través del Decreto N° 2113, la realización de un censo específico para que 12 localidades tengan la posibilidad de constituirse como Municipio en 2023.
Se trata del Centro Rural de Población Lucas Norte (Villaguay) y las Comunas: El Solar (La Paz), Colonia Ensayo (Diamante), Las Cuevas (Diamante), Don Cristóbal II (Nogoyá), Gobernador Sola (Tala), La Clarita (Colón), El Cimarrón (Federal), General Roca (Concordia), Irazusta (Gualeguaychú), San Marcial (Uruguay) y Rincón de Nogoyá (Victoria).
�SEs política del gobierno provincial propiciar el desarrollo armónico e integral de las distintas zonas de la provincia, tendientes a lograr el equilibrio necesario en las relaciones entre áreas urbanas y rurales⬝, afirmó el gobernador Gustavo Bordet. �SLa declaración de Centros Rurales de Población y Comunas en Municipios impacta de manera positiva en las localidades y en la calidad de vida de sus habitantes, como venimos viendo desde el 2019, en los lugares que protagonizaron estos cambios institucionales⬝, remarcó.
Asimismo, la ministra de Gobierno y Justicia, Rosario Romero, destacó las ventajas de tener una administración municipal constituida: �SSu sistema de gobierno, competencias, funciones y estructura les permite a los gobiernos locales contar con recursos e instrumentos para brindar soluciones a las necesidades de sus habitantes⬝.
Así como también es fundamental �Spoder valerse de herramientas institucionales tales como la constitución de un órgano deliberativo que le permita dictar sus propias ordenanzas, el ejercicio de facultades para aplicar tasas y de potestades para ejercer el poder de policía dentro de sus competencias, el derecho a la percepción de recursos coparticipables, que facilitarán la viabilidad y efectiva implementación de políticas de gobierno propias y la realización de obras, prestación de servicios públicos y adquisición de bienes con autonomía⬝, detalló.
Censo poblacional específico
El Decreto N°2113, indica que el operativo censal se realizará a través de la Dirección de Estadística y Censo, dependiente del Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas y será evaluado por el Ministerio de Gobierno y Justicia, que tiene bajo su órbita la secretaria de Asuntos Municipales, la subsecretaría de Comunas y la Dirección de Juntas de Gobierno.
La decisión se tomó considerando que el artículo N°230 de la Constitución Provincial establece que todo centro de población que supere los 1.500 habitantes dentro del ejido y el artículo 5 de la Ley N°10.027 define como Municipio a �Stodo centro de población estable que se forme fuera de los Municipios actuales y que cumpla con las condiciones del artículo 230 de la Constitución Provincial⬝.
Tanto el radio demarcado, como los resultados del censo deberán contar con la aprobación legislativa correspondiente y si de estos pasos resulta que las localidades reúnen las condiciones, el Poder Ejecutivo establecerá por decreto la condición de los nuevos Municipios y fijará sus límites.
Cabe recordar que durante la primera administración de Gustavo Bordet, pasaron a ser Municipios cinco centros rurales de población: El Pingo, Aldea Brasilera, Pueblo Brugo, Pueblo Liebig y Aldea María Luisa.