La justicia suspendió el perjuicio laboral que el DNU 70/23 causaba a los farmacéuticos
Las autoridades del SAFYB se mostraron conformes con la decisión, afirmando que: “Sin farmacéutico, no hay farmacia, así como sin médico no hay clínica o sanatorio.”
Recordaron que “el objetivo de toda farmacia, droguería o laboratorio es garantizar el origen, la conservación y la información correcta de los medicamentos que consume la población, tareas que están a cargo del trabajador farmacéutico.”
El farmacéutico se encarga del origen, la conservación y la información de todos medicamentos y tiene un papel clave en la vacunación, la aplicación de inyectables, el control de la presión arterial, el seguimiento de pacientes crónicos y el uso racional de los medicamentos, por eso resulta incompatible laborar simultáneamente en más de un local.
La sentencia confirma que cada profesional farmacéutico solo podrá dirigir un establecimiento, en el marco de los convenios colectivos de trabajo 691/14, 707/15, 794/22 y 795/22, y la farmacia deberá garantizar la suficiente cantidad de personal farmacéutico para cumplir su función durante todo el horario de atención.
La gente se beneficia con la presencia del farmacéutico en su lugar de trabajo, porque es un consejero de salud; por el contrario, la ausencia farmacéutica fomenta ilegalidad, tráfico de drogas y consumo irracional de fármacos, porque el propietario vende sin control por cuestiones de rentabilidad.
La automedicación y adicción a medicamentos es creciente en Argentina y genera problemas de salud que luego el Estado debe atender (Organización Mundial de la Salud). Con esta sentencia, el Sindicato Argentino de Farmacéuticos y Bioquímicos (SAFYB) se posiciona junto a la Confederación General de Trabajo (CGT) y la Confederación de Trabajadores Argentinos (CTA) entre los pocos actores que lograron frenar los efectos del Decreto 70 del presidente Milei.
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