Ligadura de trompas y vasectomías desde los 16 años
La promoción en redes sociales del ministerio de Salud sobre métodos anticonceptivos permanentes desde los 16 años generó gran revuelo. Para algunos fue un incentivo �Ssiniestro⬝, para otros una forma de comunicar derechos.
Muchas preguntas surgieron después de la publicación realizada por el ministerio de Salud de la Nación respecto a la edad en la que jóvenes pueden acceder a prácticas anticonceptivas quirúrgicas, que suelen ser irreversibles y riesgosas. ¿A los 16 años se tiene tan claro lo que estas prácticas significan a futuro? Cada 28 de septiembre se conmemora el Día Internacional por los Derechos Sexuales y Reproductivos, por lo cual durante esa semana todos los ministerios de Salud de América Latina distribuyen información de cuidados para evitar el embarazo adolescente y prevenir enfermedades sexuales. Sin embargo en Argentina, el mensaje generó polémica.
Ese día, la cartera sanitaria nacional promocionó en redes sociales los diferentes métodos de cuidado sexual y anticoncepción con una serie de flyers de colores. El primer posteo recomendaba preservativos peneano, pastillas anticonceptivas, anticonceptivos inyectables, dispositivos intrauterinos o DIU, implantes subdérmico y la �Spastilla del día después⬝ como método de emergencia.
Sin embargo, lo que hizo ruido fue la siguiente publicación: �SA partir de los 16 años se puede acceder gratis a métodos anticonceptivos permanentes: ligadura y vasectomía⬝. ¿Acaso 16 años bastan para decidir no ser padres? Tal vez sí, tal vez no. Pero, ¿son los adolescentes conscientes de lo que supone esa �Spermanencia⬝? ¿Están lo suficientemente informados? La publicación del Ministerio de Salud fue para algunos un incentivo �Ssiniestro⬝, para otros fue solo una forma de comunicar derechos. Lo cierto es que la cartera comunicó lo que las distintas leyes dictan.
El derecho a acceder a métodos anticonceptivos está reconocido en las leyes 25.673 de Salud sexual y procreación responsable, y 26.130 de Anticoncepción quirúrgica. Ambas garantizan acceder gratuitamente, en hospitales y centros de salud, obras sociales y prepagas, a alguno de los métodos anticonceptivos del Plan Médico Obligatorio: preservativos, pastillas, inyectables, DIU, anticoncepción de emergencia, anticoncepción quirúrgica (ligadura tubaria y vasectomía) e implante subdérmico.
�SEs tu derecho, sin importar tu edad, acceder a información y preservativos en forma autónoma, sin necesidad de acompañamiento o autorización de una persona adulta. Desde los 13 años, de acuerdo al Código Civil y Comercial, es tu derecho acceder en forma autónoma a todos los métodos anticonceptivos reversibles⬝, se lee en la web oficial de Nación.
Y también: �SEl Código Civil reconoce que desde los 16 años podés tomar de manera autónoma todas las decisiones sobre el cuidado de tu cuerpo.
Solo es requisito dejar constancia por escrito de tu decisión después de recibir información completa y comprensible⬝.
La información que reproduce el ministerio es la del artículo 26 del Código Civil. Seis párrafos que regulan �SEl ejercicio de los derechos por la persona menor de edad⬝, y dicen así: �SEjercicio de los derechos por la persona menor de edad".
La persona menor de edad ejerce sus derechos a través de sus representantes legales. No obstante, la que cuenta con edad y grado de madurez suficiente puede ejercer por sí los actos que le son permitidos por el ordenamiento jurídico.
En situaciones de conflicto de intereses con sus representantes legales, puede intervenir con asistencia letrada. �SLa persona menor de edad tiene derecho a ser oída en todo proceso judicial que le concierne así como a participar en las decisiones sobre su persona. �SSe presume que el adolescente entre trece y dieciséis años tiene aptitud para decidir por sí respecto de aquellos tratamientos que no resultan invasivos, ni comprometen su estado de salud o provocan un riesgo grave en su vida o integridad física.
�SSi se trata de tratamientos invasivos que comprometen su estado de salud o está en riesgo la integridad o la vida, el adolescente debe prestar su consentimiento con la asistencia de sus progenitores; el conflicto entre ambos se resuelve teniendo en cuenta su interés superior, sobre la base de la opinión médica respecto a las consecuencias de la realización o no del acto médico.
�SA partir de los dieciséis años el adolescente es considerado como un adulto para las decisiones atinentes al cuidado de su propio cuerpo⬝.