Ratifican las medidas de restricción para frenar los contagios
El gobierno de Entre Ríos ratifica medidas de restricción que apuntan a reducir los contagios en el marco de la pandemia de Coronavirus y define nuevas disposiciones que regularán desde este jueves la circulación nocturna de personas, la actividad gastronómica, cultural, deportiva y de cultos.
Los presidentes municipales y comunales podrán disponer restricciones temporarias y focalizadas adicionales, siempre y cuando sean de su competencia, en atención a las condiciones epidemiológicas y sanitarias de sus jurisdicciones.
La actividad y los inmuebles que se utilicen para las actividades gastronómicas, culturales, deportivas, comerciales y religiosas deberán contar con la habilitación municipal o comunal, quienes tendrán a su cargo la verificación y control del cumplimiento de las pautas previstas, con la colaboración de los gobiernos provincial y nacional.
Circulación y reuniones
La restricción de circulación nocturna de personas se mantendrá entre las cero y las seis horas, con una tolerancia de 30 minutos. Quedan exceptuadas de esta medida las personas afectadas a las situaciones, actividades y servicios esenciales, establecidos en el artículo Nº 11 del DNU 125/21 PEN y artículo Nº 20 del DNU 287/21 PEN.
Además, continuarán suspendidas las reuniones sociales en domicilios particulares. Las reuniones sociales en espacios públicos al aire libre podrán ser de hasta 10 personas.
Bares y restaurantes
La actividad gastronómica (restaurantes, bares, etc.) podrá funcionar entre las seis y las 24 horas, incluidas las modalidades de reparto a domicilio y de retiro en comercio. El coeficiente de ocupación de las superficies cerradas de los locales gastronómicos se reducirá a un máximo del 30 por ciento del aforo, en relación con la capacidad máxima habilitada.
Deportes
Se permitirá el entrenamiento, la práctica y las competencias deportivas en clubes y espacios afines, con un tope máximo de quince (15) personas en espacios cerrados y de treinta (30) en espacios abiertos, a excepción de las competencias que se lleven a cabo en espacios abiertos y requieran de número de competidores superior. El coeficiente de ocupación de las superficies cerradas de gimnasios se reducirá a un máximo del 30 por ciento del aforo, en relación con la capacidad máxima habilitada. La actividad deportiva podrá desarrollarse en clubes, instituciones y espacios afines, entre las 6 y 23 horas, sin la presencia de público espectador.
Cultura
Por otra parte, se permitirá la realización de talleres artísticos y academias de danzas con un tope máximo de 15 personas en espacios cerrados, y de 30 personas en espacios abiertos, cumpliendo con sus protocolos oportunamente aprobados. El coeficiente de ocupación de las superficies cerradas de teatros, centros culturales, cines y otros establecimientos afines que cuenten con expendio de comidas y bebidas se reducirá a un máximo del 30 por ciento del aforo, en relación con la capacidad máxima habilitada. En caso de que la sala no cuente con expendio de comida y bebida, el aforo será del 50 por ciento. Asimismo, las actividades culturales podrán desarrollarse entre las 6 y 23 horas.
Cultos
Las celebraciones de ceremonias religiosas y actividades afines al culto en todo el territorio provincial podrán desarrollarse en organizaciones inscriptas en el Registro Nacional de Culto entre las 6 y 22 horas. Serán habilitadas con un aforo del 50 por ciento en relación a la capacidad máxima habilitada.